Imprescriptibilidad de la ineficacia negocial por falsus procurator: Comentarios críticos a la Casación Nº 3612-2015-La Libertad

¿Prescribe la demanda de ineficacia por falta de representación?
Una crítica a la Casación N.º 3612-2015-La Libertad desde la dogmática civil

¿Qué ocurre cuando alguien celebra un contrato sin contar con las facultades necesarias para representar a otra persona? ¿Puede el representado invocar la ineficacia de ese acto en cualquier momento, o está sujeto a un plazo de prescripción?

En este artículo, el abogado Ever A. Medina Cabrejos sostiene una postura clara: la demanda de ineficacia por ausencia o exceso de representación —regulada en el artículo 161 del Código Civil— es imprescriptible, porque no se trata de una acción de tutela restitutoria o resarcitoria, sino de una tutela de comprobación.

Desde esta premisa, el autor critica fundadamente la interpretación adoptada por la Corte Suprema en la Casación N.º 3612-2015-La Libertad, la cual, por vía de analogía, sujeta esta demanda al plazo de prescripción de la acción pauliana (dos años). Medina advierte que ello desnaturaliza la esencia jurídica de la ineficacia negocial derivada de una actuación sin legitimación representativa.

➡️ Lee el artículo completo aquí.

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