¿Puede un juez abstenerse de interpretar un contrato porque “el texto es claro”?
Una crítica al uso mecánico del principio “in claris non fit interpretatio”
En un litigio por compraventa en la Corte Superior de Justicia de La Libertad, los jueces de primera y segunda instancia adoptaron interpretaciones contractuales divergentes en torno al alcance de un receso en el marco de una compraventa, sin justificar adecuadamente por qué otorgaron determinado sentido al texto. Este caso sirve como punto de partida para que el abogado Ever A. Medina Cabrejos aborde un tema crucial: los límites de la interpretación judicial del contrato.
El autor cuestiona el uso del brocardo in claris non fit interpretatio como excusa para evitar el deber de motivar. Sostiene que el juez no puede eludir su función interpretativa escudándose en la supuesta claridad del texto contractual, sino que está obligado a fundamentar por qué concede determinado sentido al contenido del contrato, especialmente cuando de ello depende su eficacia o resolución.